Las personas confinadas, evacuadas o con restricciones de movilidad por el incendio de La Vall d’Uixó, en la provincia de Castellón, han quedado exentas de acudir a los juzgados a cualquier actuación judicial programada si tienen la más mínima dificultad para desplazarse, según ha acordado la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana.
La medida, aprobada ayer con carácter de urgencia y prorrogada hoy hasta el miércoles 29 de julio inclusive, busca ante todo garantizar la seguridad de las personas. El TSJ ha destacado que esta prioridad alcanza ‘tanto a los funcionarios como a los profesionales y a los justiciables’. El acuerdo se ha dictado como respuesta directa a los confinamientos, evacuaciones y limitaciones de movilidad provocados por el incendio forestal.
En la práctica, cualquier ciudadano que tenga señalada una vista, declaración u otra actuación jurisdiccional y se vea afectado por el incendio solo tendrá que avisar al órgano judicial para justificar que no puede acudir. El TSJ ha precisado que bastará una comunicación sencilla para explicar la imposibilidad de asistir.
Además, el acuerdo contempla que incluso cuando esa comunicación no sea posible, la incomparecencia ‘se entenderá justificada’. De este modo se evita que los afectados sufran consecuencias procesales por una situación de emergencia que escapa a su control, como podría ser la imposición de multas, la declaración en rebeldía o la pérdida de plazos.
Servicios de guardia y posibles suspensiones
La Sala de Gobierno ha establecido también que los servicios de guardia deben mantenerse garantizados durante todo el periodo en que rija este acuerdo. Estos servicios resultan esenciales para atender asuntos urgentes que no pueden esperar, como detenidos, medidas cautelares o incidencias penales inmediatas.
El texto añade que la presidenta de la Audiencia Provincial y las presidencias de los diferentes Tribunales de Instancia informarán a la Sala de Gobierno si consideran necesario suspender la actividad judicial ordinaria. Esa eventual suspensión podría extenderse a las vistas ya señaladas y a los plazos procesales, si la situación del incendio lo hiciera aconsejable.
La iniciativa forma parte del conjunto de medidas organizativas y de protección que este órgano judicial ha adoptado en relación con el incendio declarado en el término municipal de La Vall d’Uixó. Aunque el foco se sitúa en este municipio, el fuego afecta también a otros términos de la provincia de Castellón, lo que complica la movilidad por carretera y el acceso a las sedes judiciales.
En su acuerdo de hoy, la Sala de Gobierno ha facultado a la Presidencia del TSJ para dejar sin efecto la prórroga antes del 29 de julio. Esto ocurrirá si las autoridades competentes en emergencias o protección civil comunican que el riesgo ha cesado y que los desplazamientos se pueden realizar con normalidad. De esta forma, la duración de la medida se adapta a la evolución del incendio y a las órdenes que dicten los servicios de emergencia.









