Condenado a 17 años y medio por agresiones sexuales a dos menores en Castellón

Castellón - vivir lo auténtico
Ejemplo de shortcode con estilo
La Audiencia de Castellón ha impuesto 17 años y medio de prisión a un hombre por agredir sexualmente de forma continuada a dos gemelas menores con las que convivía en 2024.

La Audiencia Provincial de Castellón ha impuesto 17 años y medio de prisión a un hombre por agredir sexualmente de forma continuada a dos gemelas menores de edad con las que convivió entre septiembre y noviembre de 2024 en una vivienda de Castellón.

Condena e inhabilitación

Además de la pena de cárcel, el tribunal le ha condenado a indemnizar con 5.000 euros a cada una de las niñas por los daños morales sufridos. También le ha prohibido acercarse a menos de 500 metros de las víctimas y comunicarse con ellas por cualquier medio durante un periodo que se extenderá más de cuatro años después de cumplir la condena de prisión.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la Sección Segunda de la Audiencia le ha impuesto también una inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad que suponga contacto regular y directo con menores. Esta inhabilitación tendrá una duración superior en cinco años a la pena de prisión fijada en la sentencia.

Relato de los hechos

La resolución detalla que los hechos han comenzado en septiembre de 2024, cuando el condenado y su mujer, amigos de la madre de las pequeñas, la acogieron en su casa junto a las niñas. La mujer había discutido con su propia madre, abuela de las víctimas, con la que residían hasta ese momento, y se trasladó al domicilio del matrimonio.

Durante ese periodo de convivencia, el tribunal considera probado que el condenado aprovechaba los momentos en los que las menores se duchaban y su madre no se encontraba cerca. En esas circunstancias, las sometía a tocamientos en sus partes íntimas y las besaba en la boca, con la intención de satisfacer su ánimo libidinoso.

Los magistrados describen que esta situación se ha repetido en numerosas ocasiones. Pese a la negativa de las gemelas a que el hombre entrara en el cuarto de baño, el penado insistía en que era su casa y que tenía que organizar y vigilar el uso de la ducha, lo que empleaba como excusa para acceder al baño.

En algunos episodios, el agresor llegó a sujetar con fuerza a las menores y a taparles la boca cuando intentaban huir o avisar a su madre. En otras ocasiones, según la sentencia, las agresiones se producían en una de las camas de la vivienda donde residían.

Para mantener el silencio de las niñas, el hombre les decía que, si contaban algo a su madre, podrían retirarle la custodia y las separarían de ella. El tribunal entiende que estas amenazas incrementaron la sensación de miedo de las víctimas e hicieron que soportaran las agresiones durante más tiempo.

Valoración de la prueba y recurso

En su resolución, la Sala señala que las pruebas decisivas del procedimiento han sido las manifestaciones de las menores. El tribunal considera que su testimonio resulta coherente y verosímil, y lo ha valorado como elemento central para la condena.

‘Nuestra impresión es que ambos relatos corresponden a situaciones realmente vividas por las menores’, recogen los magistrados en la sentencia, quienes añaden que no creen que las declaraciones sean ‘producto de la invención o de la imaginación’ de las niñas. Asimismo, destacan que no han apreciado ningún motivo falso o ilegítimo en la denuncia presentada por la madre de ambas.

La sentencia no es firme. La defensa del condenado puede recurrirla ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que deberá revisar en una segunda instancia tanto la valoración de las pruebas como la calificación jurídica de los hechos.