La Audiencia mantiene la petición de datos a Chiva y Utiel sobre los avisos de la dana

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La Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado el recurso de Emilio Argüeso y mantiene la orden de pedir a Chiva y Utiel que acrediten si recibieron los avisos oficiales sobre la dana de finales de octubre.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado un recurso de la defensa del exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso. El recurso se dirigía contra un auto de la jueza que investiga la causa penal por la dana y que ha ordenado a los ayuntamientos de Chiva y Utiel certificar si recibieron los avisos oficiales el día de la tragedia.

El auto de la Audiencia, fechado el 21 de septiembre y difundido ahora por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, ha ratificado íntegramente la decisión de la instructora del pasado 9 de junio. De este modo, se mantiene la petición formal a ambos consistorios para que aporten pruebas sobre la recepción de las comunicaciones remitidas desde el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat durante el episodio de lluvias extremas.

La decisión judicial obliga a los ayuntamientos de Chiva y Utiel a certificar, con indicación de fecha y hora, la recepción de los mensajes enviados por el Centro de Coordinación de Emergencias el día de la dana. Esta información se considera clave para determinar qué administraciones conocieron el riesgo con antelación y cómo reaccionaron ante las alertas meteorológicas.

Detalles de las comunicaciones solicitadas

La jueza ha pedido que se acredite si se recibió el aviso remitido el 28 de octubre sobre la situación meteorológica adversa asociada a la dana. Esa comunicación debía incluir el nivel de riesgo, la declaración de preemergencia o emergencia por lluvias o tormentas y cualquier fenómeno adverso que afectara al término municipal o a su zona de influencia.

Además, los consistorios deben informar si recibieron la comunicación del 29 de octubre relativa a la evolución del episodio de lluvias intensas. En ese aviso se contemplaban los acumulados de precipitación, el riesgo hidrológico, las posibles avenidas, escorrentías o desbordamientos y cualquier otro peligro derivado de la dana con incidencia en la localidad.

La jueza también ha reclamado que se detallen todas las comunicaciones de Emergencias sobre el mantenimiento, la modificación o la actualización de la situación operativa durante esos días. Los ayuntamientos deben indicar, además, si recibieron instrucciones concretas para adoptar medidas de protección civil en el ámbito municipal, como cierres preventivos, avisos a la población o activación de planes locales.

La Audiencia Provincial ha considerado que el auto de 9 de junio se limita a asegurar la acreditación de la recepción de las comunicaciones. Según la resolución, no es posible aprovechar este recurso para introducir nuevas pruebas o insistir en diligencias ya rechazadas en un auto anterior que no fue recurrido en su momento.

Por ello, la Sala concluye que la decisión de la jueza se ajusta a su propia resolución previa y que, en consecuencia, el recurso de la defensa de Argüeso debe ser desestimado. El auto de la Audiencia no admite recurso.

En su resolución, la Sala reconoce que la causa de la dana es ‘de especial complejidad’. Sin embargo, puntualiza que esta complejidad no exime a las partes de justificar de forma adecuada por qué debería revocarse una decisión judicial ya adoptada.

La Audiencia añade que resulta razonable que, una vez recibida la información de los ayuntamientos de Chiva y Utiel, si surgiera la necesidad de comprobar otros datos, se pueda cursar una nueva solicitud de información. De esta forma, la investigación podría seguir incorporando documentación complementaria en función de lo que revelen las certificaciones municipales.

Según los datos recopilados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha dictado ya 54 autos de apelación en esta causa desde el inicio de la instrucción. En 46 de ellos ha confirmado las decisiones de la magistrada instructora y ha rechazado los recursos de apelación planteados por las partes.

En los 8 autos restantes, la Audiencia ha estimado total o parcialmente los recursos de apelación, lo que ha supuesto introducir algunos cambios puntuales en la instrucción. Estas cifras muestran que, en la inmensa mayoría de las ocasiones, la Sala ha respaldado las decisiones adoptadas por la jueza en la investigación penal sobre la gestión de la dana.