Una exempleada de una entidad bancaria de Rojales, en la provincia de Alicante, se enfrenta a una petición fiscal de 12 años de prisión por supuestamente contratar una tarjeta de crédito a nombre de unos clientes sin su consentimiento y realizar durante más de una década más de 160 cargos no autorizados que suman casi 900.000 euros.
Juicio en la Audiencia Provincial de Alicante
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), el juicio se ha señalado para este miércoles a las 9.30 horas en la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Alicante. La causa se centra en una denuncia por operaciones presuntamente fraudulentas ligadas a una tarjeta de crédito que las víctimas no sabían que existía.
La fiscalía aprecia en estos hechos indicios de dos delitos continuados. Por un lado, apropiación indebida agravada. Por otro, falsedad documental. La acusación pública sostiene que la exempleada habría actuado de forma reiterada durante varios años aprovechando su puesto en la sucursal.
Operaciones presuntamente fraudulentas
Entre 2006 y 2017, la exbancaria presuntamente contrató la tarjeta sin el conocimiento ni la autorización de los clientes afectados. Durante ese periodo, habría efectuado un total de 163 cargos a las cuentas de las víctimas. Siempre según el relato del ministerio público, la investigada se habría aprovechado de la confianza generada por su condición de trabajadora de la entidad.
El escrito de acusación cifra el supuesto lucro obtenido en al menos 895.000 euros. Esta cantidad procede de los cargos repetidos vinculados a la tarjeta, que se habrían mantenido en el tiempo sin que los titulares detectaran de inmediato el origen de los movimientos. La duración del periodo investigado, de más de diez años, es uno de los elementos que la fiscalía considera relevantes para agravar la respuesta penal solicitada.
Desarrollo de la vista oral
Está previsto que durante el juicio declaren tanto la acusada como las personas afectadas y los posibles testigos de la entidad bancaria. La vista oral permitirá determinar si existieron o no los consentimientos necesarios para la contratación del producto financiero y para los cargos sucesivos. La resolución final corresponderá al tribunal de la Audiencia Provincial de Alicante, que deberá valorar las pruebas practicadas en sala.




