miércoles, 11 diciembre 2024

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Consumo multa con 179 millones a cinco aerolíneas por cobrar equipaje de mano y prácticas ‘abusivas’ 

Estas son Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea, que van a recurrir de forma individual

El Ministerio de Consumo ha sancionado por un importe de 179 millones de euros a cinco aerolíneas (Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea) por prácticas abusivas, como cobrar suplementos por el equipaje de mano o por reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes.

La sanción más elevada es para Ryanair con 107.775.777 euros, seguido de Vueling, con 39.264.412; Easyjet, con 29.094.441; Norwegian, con 1.610.001 euros, y Volotea con 1.189.000 euros, según fuentes del ministerio.

La Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha emitido un comunicado en el que ha anunciado que recurrirá la sanción de Consumo por ser «manifiestamente ilegal» e «ignorar la normativa europea».

La patronal de aerolíneas puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. Una vez transcurrido este plazo, si las compañías no han presentado un recurso ante la justicia, la orden será efectiva. Las aerolíneas interpondrán los recursos de forma individual, ha indicado ALA, que ha señalado que «todas ellas ya han manifestado una postura común de rechazo» frente a esta decisión del Gobierno.

Sanciones calificadas como «muy graves»

Se trata de la primera ocasión que se da firmeza a sanciones calificadas como «muy graves» por parte de la Administración General del Estado en el ámbito de consumo, cuyo ministerio adquirió competencia sancionadora en junio de 2022.

Las sanciones incluyen además la prohibición expresa de continuar con las prácticas que han sido sancionadas.

En concreto, lo han sido por exigir el pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina, de un sobrecoste sobre el precio del billete por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes y de sus acompañantes y por no permitir el pago en metálico en los aeropuertos españoles.

También por imponer una «tasa desproporcionada y abusiva» a los pasajeros por la impresión de la tarjeta de embarque, omisiones «engañosas de información» y «falta de claridad» en los precios publicados tanto en su propia web como de terceros, dificultando la comparabilidad de ofertas de precios a las personas consumidoras y la toma de decisión por estas.

En el caso de Ryanair además se sanciona a la aerolínea por cobrar una cantidad «desproporcionada» a los usuarios por imprimir el billete en la terminal cuando no disponen de él. La compañía ya ha anunciado que apelará «inmediatamente» las multas «ilegales e infundadas».

Ryanair ha señalado que sus políticas de equipaje ya han sido aprobadas en «múltiples» audiencias de tribunales españoles y de la UE, siendo la más reciente en los tribunales de Barcelona. El consejero delegado del grupo, Michael O’Leary, ha recalcado en un comunicado que estas multas, «inventadas» por el Ministerio de Consumo por «razones políticas», «violan» la legislación de la UE. Así, O’Leary ha explicado que, durante muchos años, Ryanair ha utilizado tarifas por equipaje y por check in en los aeropuertos en búsqueda de un ahorro de costes a los consumidores en forma de tarifas más bajas.

La presidenta del Consejo de Consumidores y Usuarios, Ana Caballero, ha celebrado las sanciones en La Hora de La 1 porque sirven para «proteger los intereses de los consumidores y usuarios», pero ha recordado que «hasta que la sanción no sea firme no se podrán aplicar las nuevas condiciones«. Caballero ha incidido en que las tácticas ilícitas de las aerolíneas sancionadas en muchos casos no permiten al usuario conocer el precio final del billete y son perjudiciales para los consumidores vulnerables como las personas mayores, más acostumbradas al pago en efectivo o a la impresión física de la tarjeta de embarque.

ALA ha emitido un comunicado en el que ha reafirmado la legalidad de este procedimiento avalado por el Reglamento de la UE 1008/2008 y ha anunciado que las compañías aéreas afectadas recurrirán ante la jurisdicción Contencioso Administrativa la decisión del ministro de Consumo, al ser «manifiestamente ilegal», «inexplicable» y «que puede llegar a perjudicar gravemente y de forma irreversible a muchos pasajeros«.

Por su parte, el portavoz de FACUA, Rubén Sánchez, ha calificado de «histórica» la sanción y ha señalado que «por fin hay una multa de verdad por un fraude masivo«.

Además, Sánchez ha indicado que las sanciones «podrían ser superiores y podrían aumentar» si se confirman por la Justicia, y que desde FACUA reclamarán que así sea mientras las aerolíneas mantengan sus tarifas.

«La política de equipaje de mano actual se mantiene»

El presidente de ALA, Javier Gándara, ha tachado la decisión del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda de «sinsentido» porque, según él, sitúa a España como «el único país de la UE donde se quiere prohibir las prácticas de cobro por equipaje en cabina«, lo que, además de ser «una injerencia ilegal y atentar contra la libertad de mercado», supone «un agravio comparativo respecto a los países de nuestro entorno donde esta práctica no está vetada».

ALA sostiene que «la política de equipaje de mano actual se mantiene sin cambios» y señala que «no es viable ni razonable» plantear cambios en las políticas comerciales hasta que los Tribunales se pronuncien sobre esta decisión de Consumo, teniendo en cuenta los efectos tan perjudiciales que se podrían generar en los pasajeros.

En definitiva, ALA señala que de aplicarse la decisión de Consumo, podría perjudicar grave e irreversiblemente a los consumidores y obligaría a 50 millones de pasajeros que viajan sin trolley en cabina a pagar por un servicio que no necesitan.

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