La jueza de la DANA niega ser víctima a un hombre por sus lesiones psíquicas

Ejemplo de shortcode con estilo
El juzgado de Catarroja ha rechazado que un hombre con supuestas lesiones psíquicas sea considerado víctima en la causa por la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024 y ha incorporado nuevas pruebas clave al sumario.

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024 ha rechazado reconocer como víctima a un hombre que ha alegado lesiones psíquicas derivadas de aquellas riadas en la provincia de Valencia. La magistrada ha considerado que este tipo de daños quedan fuera del alcance de la posible imprudencia que se analiza en la causa penal abierta.

Según una resolución del juzgado difundida este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la jueza ha recordado que la Audiencia Provincial ya se ha pronunciado dos veces en el mismo sentido. En ambos casos, la Audiencia ha excluido las supuestas lesiones psíquicas de este procedimiento.

El criterio de la Audiencia es que la comisión de ese posible delito es incompatible con la imprudencia que se investiga. En la causa se analizan actuaciones relacionadas con la gestión de la emergencia provocada por la DANA, y no hechos dolosos dirigidos de forma consciente contra personas concretas.

La magistrada subraya en su resolución que, para que una lesión psíquica tenga relevancia penal como delito, es necesaria una actuación plenamente intencional. ‘Para que una lesión psíquica sea delito es preciso una acción necesariamente consciente y voluntaria, ya que la ideación, ejecución y consecución del resultado solo pueden obedecer a una conducta dolosa y nunca imprudente’, recuerda la instructora, citando ese criterio previo.

Nuevas testificales y grabaciones en la causa

En paralelo a la negativa a incluir a este hombre como víctima, la jueza ha aceptado varias diligencias solicitadas por las acusaciones personadas. Entre ellas figura la petición de la Associació Víctimes de la Dana 29 Octubre 2024 para que declare un nuevo testigo clave en el operativo de rescate.

La instructora ha acordado llamar a declarar como testigo a Luis G.G., bombero municipal de València e integrante del grupo de rescate acuático. Este profesional ha actuado de forma voluntaria durante la jornada del 29 de octubre de 2024, realizando rescates de personas en la pedanía de La Torre, uno de los puntos afectados por las fuertes inundaciones.

El juzgado considera relevante conocer de primera mano su relato sobre cómo se desarrollaron esos rescates. Su testimonio puede ayudar a reconstruir la cronología de los hechos en València y el modo en que se ha coordinado la respuesta a la emergencia en esa zona.

Además, el juzgado de Catarroja ha incorporado al sumario nueva documentación y material sonoro relacionado con la gestión de la DANA. Por un lado, se ha añadido la transcripción literal de la declaración testifical del secretario autonómico de Infraestructuras, Francisco Javier Sendra, que ha comparecido ya ante la jueza como testigo en esta causa.

Por otro lado, la instructora ha ordenado incorporar grabaciones de las comunicaciones mantenidas el día de la DANA entre la Agencia Valenciana de Emergencias y distintas autoridades locales. Estas conversaciones han tenido lugar durante las horas críticas del episodio de lluvias y desbordamientos.

En la resolución, la jueza explica la relevancia de estas llamadas telefónicas para esclarecer los hechos investigados. ‘El contenido de las llamadas resulta preciso en la investigación, tanto en el caso de que se verificaran entre particulares como entre organismos, al objeto de determinar el conocimiento de la evolución y alcance de la emergencia, el momento y lugar en que se produjeron, la gravedad, la información que se facilitaba y la fuente oficial de información sobre los datos relativos a la gestión de la emergencia a la que es preciso acceder’, señala la instructora.

Con este nuevo material, el juzgado busca aclarar quién conocía la magnitud real del episodio y en qué momento. También pretende delimitar qué información oficial se ofreció a los responsables municipales y autonómicos durante la DANA del 29 de octubre de 2024, especialmente en las zonas afectadas de la provincia de Valencia, y cómo ha influido todo ello en la gestión de la emergencia que ahora se revisa en sede judicial.