Vila-real amplía hasta el 31 de marzo la bonificación de hasta el 95 % del IBI para comercio y hostelería

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El Ayuntamiento da más margen para pedir esta ayuda del ejercicio 2026, incluida en el plan de apoyo al tejido económico local para aliviar el impacto de la tasa de residuos

El Ayuntamiento de Vila-real ha ampliado hasta el 31 de marzo el plazo para que los comercios y establecimientos de hostelería de la ciudad puedan solicitar la bonificación de hasta el 95 % del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio 2026. El periodo inicial estaba fijado entre el 6 y el 21 de marzo, pero el consistorio ha decidido alargarlo dentro de los márgenes que permite la normativa con el objetivo de facilitar el acceso a esta ayuda.

La medida se enmarca en el Plan de ayuda al comercio impulsado por el equipo de gobierno para reforzar el tejido económico local en un momento de especial dificultad para muchos negocios. En este caso, además, la bonificación busca aliviar el impacto de la nueva tasa de residuos sobre el comercio y la hostelería.

El consistorio había calculado que esta iniciativa podría alcanzar cerca de 500 solicitudes, aunque dentro del plazo inicial se han registrado alrededor de 200 peticiones. Ante esta situación, el Ayuntamiento ha optado por ampliar el periodo de tramitación para que más posibles beneficiarios puedan acogerse a la bonificación y aprovechar esta oportunidad.

Cómo se puede pedir la ayuda

Las personas interesadas pueden presentar la solicitud de forma presencial en el Ayuntamiento o a través de la sede electrónica municipal, dentro del apartado de exenciones y bonificaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana.

La bonificación está dirigida a diferentes actividades económicas de la ciudad, especialmente vinculadas al pequeño comercio, la hostelería y determinados servicios.

Qué negocios pueden beneficiarse

Entre los sectores incluidos figuran las agrupaciones 64 y 65, correspondientes al comercio minorista. En este apartado se contemplan los comercios de venta al por menor, aunque quedan excluidos los estancossupermercadoshipermercados y, en general, establecimientos con una superficie de venta superior a 300 metros cuadrados, además de máquinas de vending, farmacias y negocios relacionados con materiales de construcción, vehículos, maquinaria, combustibles y carburantes.

También pueden acogerse los negocios de la agrupación 67, relativa a servicios de alimentación, que incluye cafeterías, bares y restaurantes, salvo los situados en el exterior de locales, como quioscos.

En la agrupación 68, de servicio de hospedaje, se bonifican los establecimientos de este tipo, con la excepción de los hoteles.

El Ayuntamiento también contempla en la agrupación 93, dedicada a educación e investigación, a las autoescuelas y academias, ya sean de idiomas, informática o preparación de exámenes.

En los grupos 967 y 969, referidos a servicios deportivos y recreativos, entran tanto pubs y discotecas como instalaciones y escuelas deportivas, entre ellas gimnasios y academias.

Por último, la agrupación 97, vinculada a servicios personales, incluye actividades de cuidado personal como peluquerías, salones de belleza y estética, servicios fotográficos no automáticos, negocios de arreglo y manipulación de prendas y complementos del hogar, como tintorerías, reparación de calzado, costura o fotocopias, así como agencias de viajes. En este bloque quedan fuera los servicios funerarios y los matrimoniales o de relaciones sociales.

Apoyo al comercio local

Con esta ampliación del plazo, el Ayuntamiento vuelve a insistir en su intención de situarse al lado del comercio local y de los sectores más afectados por el contexto económico actual. La bonificación del IBI se presenta así como una medida destacada dentro de la estrategia municipal de apoyo a la actividad económica de proximidad.


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