El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite la demanda presentada por el hijo de María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la antigua Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), contra la absolución de su cuñado Miguel López por el asesinato cometido en Alicante en 2016.
Según fuentes jurídicas del entorno de Vicente Sala Martínez, primogénito del expresidente de la CAM y de la víctima, la demanda se presentó el pasado mes de febrero y ha sido ahora admitida por el tribunal con sede en Estrasburgo. El recurso se dirige contra la absolución firme de López, que quedó confirmada tras la intervención del Tribunal Constitucional.
El crimen de la viuda de la CAM
María del Carmen Martínez, viuda del banquero Vicente Sala, murió el 9 de diciembre de 2016. Recibió dos disparos en la cabeza en el lavacoches de un concesionario de vehículos de Alicante. En aquel momento el negocio pertenecía a la familia Sala-Martínez y lo regentaba Miguel López, marido de la hija menor de la fallecida.
El caso derivó en un juicio con jurado popular en la Audiencia Provincial. La acusación particular la ejercía precisamente el hijo de la víctima, Vicente Sala Martínez, a través del despacho Palacio Asociados y con el asesoramiento del penalista Francisco Ruiz Marco. El fiscal solicitaba 24 años de prisión para López por asesinato y tenencia ilícita de armas.
Durante el juicio, el jurado popular emitió primero un veredicto de culpabilidad por siete votos a dos. Sin embargo, la magistrada presidenta ordenó devolver el acta al entender que los nueve jurados, seis mujeres y tres hombres, no habían valorado de forma suficiente las pruebas de la defensa.
Ese acta inicial se destruyó por orden de la magistrada. Para la acusación particular, esa decisión generó indefensión porque impedía controlar qué había motivado el primer veredicto de culpabilidad. Además, sostenía que esta actuación pudo influir en el jurado, que en un segundo veredicto cambió el sentido de su decisión y declaró a Miguel López ‘no culpable’ tanto del delito de asesinato como del de tenencia ilícita de armas.
Esa absolución fue posteriormente confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que avaló la corrección del desarrollo del juicio y del veredicto final.
Choque entre Supremo y Constitucional
El Tribunal Supremo intervino después y anuló la sentencia absolutoria. Ordenó repetir el juicio al considerar que se había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación particular. El alto tribunal apreció dos infracciones procesales que, a su juicio, habían provocado indefensión para la representación de Vicente Sala Martínez.
En concreto, el Supremo entendió que la devolución del primer veredicto y la destrucción de su acta afectaron al derecho a un proceso con todas las garantías. Por ello decidió dejar sin efecto la absolución y dispuso la celebración de un nuevo juicio con jurado.
Sin embargo, Miguel López recurrió ante el Tribunal Constitucional. En octubre de 2025, este tribunal dio la razón al acusado y anuló la decisión del Supremo. Consideró que el auto que ordenaba repetir el juicio vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva de López.
El Constitucional afirmó que la argumentación del Supremo, al sostener que las anomalías procesales habían causado indefensión a la acusación particular, no se ajustaba a su doctrina previa. En consecuencia, restableció la absolución inicial de Miguel López y cerró la vía judicial interna en España.
Ante ese escenario, el hijo de la viuda de la CAM optó por acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La admisión a trámite no implica que Estrasburgo le dé la razón, pero sí que estudiará el fondo del asunto. El TEDH deberá analizar ahora si las decisiones de los tribunales españoles han respetado los derechos fundamentales implicados en este complejo caso penal.




