El Supremo confirma la multa a una jueza de Nules por humillar e insultar a funcionarios

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El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 2.000 euros a la titular del Juzgado 4 de Nules por una falta grave de desconsideración. El fallo rechaza que fuese un trato en confianza.

El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 2.000 euros impuesta a la jueza María Vanesa Pérez, que estuvo al frente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Nules entre octubre de 2020 y noviembre de 2022, por gritar, humillar e insultar a funcionarios del órgano y a miembros de la Guardia Civil durante guardias y vistas. El alto tribunal concluye que las expresiones empleadas fueron intolerables y constituyen una grave falta de respeto hacia el personal del juzgado, descartando que existiera un contexto que las justificase.

Origen del expediente

El procedimiento disciplinario se inició a raíz de un escrito firmado por la letrada de la Administración de Justicia y siete funcionarios del juzgado, remitido al promotor de la acción disciplinaria del CGPJ por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. En ese texto se describían episodios reiterados que, según los firmantes, habían hecho insoportable la convivencia en la oficina judicial y afectaban al normal funcionamiento del servicio.

Entre los hechos relatados figura que la jueza humilló repetidamente al anterior fiscal, a quien dirigió la amenaza ‘te voy a meter una hostia que te voy a arrancar la cabeza’; el acoso fue tal que se tuvo que trasladar. También increpó al gestor de penal con frases como ‘no vales nada’, hasta el punto de que este quiso abandonar su puesto.

Los funcionarios denunciaron además el uso continuado de apodos despectivos para referirse al personal, tales como ‘cara polla’, ‘frígida’, ‘ama de casa aburrida’ o ‘trol’, y que la magistrada gritaba de forma constante y se dirigía a ellos de malas formas. Durante las guardias, añadieron, perdía las formas, gritando y humillando a los funcionarios y a miembros de la Guardia Civil; en agosto de 2021 les llamó ‘vagos’ y afirmó que ‘tenían un chiringuito montado’.

El escrito recogía asimismo que frecuentemente comparecía tarde a juicios y vistas y que, tras acogerse un detenido a su derecho a no declarar, comentó: ‘Espero que le condenen’. En ese clima, la jueza profirió expresiones como ‘aquí van a rodar cabezas’, ‘yo no soy vuestra amiga’ y ‘no quiero réplicas’. Respecto a la letrada, llegó a decir ‘Me río con mis amigos jueces de ella’ y ‘no sirve ni para limpiar la mierda de mi culo’.

Otro episodio señalado ocurrió el 14 de septiembre de 2022, cuando, tras humillar públicamente a un funcionario, dijo en voz alta ‘le voy a dar una hostia’ y ‘le voy a hundir’. Días después llamó ‘gilipollas’ al gestor por no facilitarle unos apellidos y, en una reunión posterior, le trasladó ‘si tú me perdonas, yo te perdono’, además de comentarios de tono sexual como ‘¿a ti se te levanta?’ o ‘tiene un buen polvo’.

La sanción y el fallo del Supremo

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial impuso en 2024 una multa de 2.000 euros por una falta grave de desconsideración. La jueza recurrió sin éxito ante el Pleno del órgano y, posteriormente, ante el Tribunal Supremo, alegando que no existía conducta sancionable porque sus expresiones críticas se enmarcaban en una ‘acreditada relación de confianza’ con los funcionarios.

El Supremo ha rechazado el recurso y ha subrayado que ‘no alberga duda alguna de que las expresiones (…) revelan una grave falta de respeto‘ hacia el personal del juzgado, ‘sin que haya causa legítima que lo justifique, al ser absolutamente impropio en quien ejerce funciones judiciales hacer uso de tan intolerables excesos verbales’. La resolución reafirma que el estándar de trato exigible a quien desempeña funciones jurisdiccionales excluye los insultos y amenazas, y que conductas de este tipo deterioran el clima interno del juzgado y la calidad del servicio público, justificando la corrección disciplinaria impuesta.


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