Condenado a nueve años de cárcel por agresión sexual continuada a una menor de 14 años en Dénia

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La Audiencia de Alicante ha impuesto nueve años y un día de prisión a un hombre de 23 años por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 14 años residente en Dénia, que quedó embarazada y dio a luz en 2021.

La Audiencia de Alicante ha condenado a nueve años y un día de prisión a un hombre de 23 años por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 14 años en Dénia, con la que mantuvo relaciones sexuales tras conocerla en una red social y que quedó embarazada.

Condena por agresión sexual a menor

Los hechos han tenido lugar a lo largo de siete meses del año 2020, cuando el acusado tenía 23 años y la víctima 14. Durante ese periodo, ambos iniciaron una relación sentimental que incluyó relaciones sexuales repetidas.

La resolución judicial considera probado que las relaciones se produjeron en varias ocasiones y con el consentimiento de la menor. Sin embargo, recuerda que, por su edad, la víctima se considera jurídicamente incapaz de prestar un consentimiento válido en este tipo de actos.

La menor, que residía con su familia en la localidad alicantina de Dénia, ha quedado embarazada como consecuencia de esa relación. Según detalla la sentencia, dio a luz en marzo de 2021.

La paternidad del acusado ha quedado acreditada mediante la correspondiente prueba biológica, que ha confirmado la filiación. Este resultado ha sido uno de los elementos que el tribunal ha tenido en cuenta para sustentar los hechos probados.

Medidas complementarias y recurso

El tribunal también ha estimado acreditado que el procesado padecía una alteración de conducta relacionada con el consumo de alcohol. No obstante, la sentencia señala que esta circunstancia no afectaba a sus capacidades volitivas ni le impedía comprender la ilicitud de sus actos.

Además de la pena de prisión, la Audiencia ha impuesto una orden de alejamiento respecto de la víctima. El condenado no podrá acercarse a menos de 300 metros de la menor durante un periodo de 15 años, ni comunicarse con ella por ningún medio durante ese tiempo.

La resolución incluye también una medida de libertad vigilada durante ocho años, que se aplicará una vez el penado haya cumplido la condena de prisión. Esta medida busca controlar su conducta y reducir el riesgo de reincidencia tras su salida de la cárcel.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). Las partes disponen de un plazo de diez días desde la notificación para presentar el recurso, en caso de considerarlo oportuno.