El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación para reforzar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, entre los que se incluyen peatones, ciclistas, motoristas y personas que se desplazan en vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos.
La reforma adapta la normativa al cambio que se ha producido en la movilidad durante los últimos veinte años, con un modelo menos centrado en el vehículo y más orientado a las personas, los desplazamientos urbanos y la seguridad de quienes tienen mayor riesgo de sufrir lesiones graves en caso de accidente.
El nuevo texto incorpora por primera vez la definición de usuario vulnerable de la vía y añade un título específico con normas de circulación para zonas urbanas. Además, introduce obligaciones para patinetes, bicicletas, motocicletas, ciclomotores y determinados vehículos en carretera.
Cambios para los patinetes eléctricos
Una de las principales novedades afecta a los vehículos de movilidad personal. La norma fija en 15 años la edad mínima para conducir un patinete eléctrico y establece el uso obligatorio de casco de protección. También será obligatorio llevar chaleco reflectante durante la noche o en situaciones de escasa visibilidad.
Los usuarios profesionales que se desplacen en patinete, como los riders, deberán utilizar casco y chaleco reflectante en todo momento. El incumplimiento de estas obligaciones se considera infracción grave y conlleva una sanción de 200 euros.
Los patinetes deberán llevar siempre encendido el alumbrado. Además, fuera de los núcleos urbanos podrá permitirse su circulación por vías separadas del tráfico motorizado, como carriles bici o vías ciclistas.
Más protección para ciclistas
La reforma elimina las exenciones al uso del casco en vías interurbanas, por lo que todos los ciclistas deberán llevarlo cuando circulen fuera de poblado. Los riders que trabajen en bicicleta estarán obligados a usar siempre casco y chaleco reflectante, también con multa de 200 euros en caso de incumplimiento.
Los conductores que adelanten a un ciclista en una vía interurbana deberán reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía. En las calzadas con más de un carril por sentido, además de mantener la separación lateral mínima de 1,5 metros, será obligatorio cambiar completamente de carril.
En ciudad, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad. Los vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con las bicicletas que circulen por delante en el mismo carril.
Guantes, calzado cerrado y casco homologado para motos
La modificación del reglamento también introduce nuevas obligaciones para usuarios de motocicletas y ciclomotores. Conductores y pasajeros deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas obligaciones se consideran infracción grave y llevan aparejada una multa de 200 euros.
La norma permite que las motocicletas circulen por el arcén derecho en situaciones de congestión, siempre que el tramo esté señalizado y sin superar los 30 kilómetros por hora. Además, los cascos de los usuarios de ciclomotores deberán estar homologados y no simplemente certificados.
Los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta también deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Esta obligación se incluye igualmente entre las infracciones graves sancionadas con 200 euros.
Cinturón, carril de emergencia y zonas urbanas
El nuevo reglamento suprime las exenciones al uso del cinturón de seguridad que existían para conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción. A partir de ahora, deberán llevarlo puesto en todo momento.
En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada por la nieve, quedará prohibido adelantar y los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para emergencias y quitanieves.
También se regula el carril de emergencia en retenciones. Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán apartarse para dejar un espacio central libre que permita el paso de policía y servicios de emergencia.
Entrada en vigor
La reforma entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, salvo los artículos relativos al alumbrado obligatorio de los patinetes y al casco homologado para usuarios de motocicletas, que lo harán el 1 de octubre de 2027.
La obligación de utilizar guantes de protección homologados será efectiva cuando entre en vigor la orden ministerial que regule sus especificaciones técnicas. Hasta entonces, se utilizarán guantes de protección de las mismas características que los actuales.







