El Defensor del Pueblo ha rechazado la petición del Ayuntamiento de Almassora de interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 3.3 del Decreto-ley 6/2025, aprobado por el Consell. La resolución, firmada por Ángel Gabilondo, sostiene que la norma no vulnera el artículo 45 de la Constitución ni supone un retroceso en la protección ambiental.
Argumentos del Defensor del Pueblo
El documento subraya que la exención concedida a los emisores acústicos en zonas de transición entre distintos usos cuenta con respaldo en la normativa estatal. Además, recuerda que estas áreas deben mantener compatibilidad acústica, lo que impide considerar la medida como injustificada o perjudicial para la salud pública.
La postura del Ayuntamiento de Almassora
El consistorio había elevado la petición siguiendo la moción aprobada en el último pleno, al considerar que la nueva normativa afecta al derecho a la salud de los vecinos de la playa, especialmente en Om Blanc y zonas próximas. Según defienden, la medida favorece al polígono del Serrallo, al permitir a las empresas evitar reducciones de ruido que hasta ahora eran obligatorias.
Próximos pasos: Consell Jurídic Consultiu
El Ayuntamiento ya ha solicitado al Consell Jurídic Consultiu que aclare las dudas jurídicas sobre la aplicación de la normativa y ha trasladado al Consell la moción aprobada para pedir una modificación. La alcaldesa, María Tormo, ha afirmado: “Acatamos la resolución del Defensor del Pueblo, pero vamos a seguir defendiendo los intereses de nuestros vecinos y seguiremos vigilantes para que la normativa se aplique de manera justa”.

