La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a dos años de prisión a un hombre que entró sin permiso en la casa de su exmujer, de la que tenía una orden de alejamiento, rompió varios enseres, empujó y amenazó de muerte a la víctima y agredió a uno de los dos guardias civiles que acudieron a detenerle.
La Sala le considera autor de los delitos de quebrantamiento de medida cautelar en concurso con un delito de allanamiento de morada y delitos de violencia de género, amenazas en el ámbito de la violencia de género, atentado, continuado de daños y un delito leve de lesiones.
Para el delito de allanamiento, el Tribunal contempla la agravante de género y para todos los demás, las atenuantes de drogadicción y reparación del daño.
Los hechos sucedieron el 25 de diciembre de 2022 en un municipio de la comarca castellonense del Baix Maestrat, donde residía la víctima con su hija menor.
Según relata la sentencia, el procesado, que tenía prohibido acercarse a la mujer y comunicarse con ella desde el mes de octubre de ese año, en virtud de una orden emitida por un juzgado de Vinaròs, acudió a la vivienda de la víctima después de haber consumido drogas.
Una vez allí, rompió la puerta de entrada al edificio con un palo de madera y subió hasta el piso de ella, en la segunda planta, donde volvió a golpear la puerta, hasta que su expareja le abrió. En ese momento, la empujó y accedió al inmueble en contra de la voluntad de la moradora.
La sentencia detalla que el penado actuó de esta forma con la intención de dejar patente su sentimiento de superioridad frente a su ex compañera sentimental porque no aceptaba la ruptura matrimonial, al “considerarla un objeto de su propiedad que debía estar sometida a su voluntad, para demostrar quién mandaba y dominaba la situación”.
Cuando el hombre entró en la casa, rompió las cosas que se encontró a su paso como una lámpara, unos cuadros o un espejo y se dirigió a la víctima con expresiones del tipo “eres una puta, te voy a matar”.
Tras su arresto, durante el traslado a las dependencias de la Policía Local, el detenido forcejeó con uno de los agentes de la Guardia Civil que le custodiaban. Ambos cayeron al suelo y el guardia acabó lesionado en una rodilla.
La vista de la causa, seguida por el procedimiento de tribunal de jurado, se celebró el pasado 30 de abril. Durante la comparecencia, el Ministerio Fiscal, las acusaciones particulares y la defensa del procesado formularon una calificación conjunta respecto de los hechos, su tipificación delictiva y las penas a imponer.
De este modo, la Sección Primera de la Audiencia, tras confirmar la legalidad del acuerdo, dictó sentencia condenatoria según los términos que establecieron las partes.
El fallo acuerda para el penado la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y de comunicarse con las víctimas, su expareja y la hija menor de ésta, durante tres años.
Para garantizar el cumplimiento de la condena y las medidas, la sentencia establece que se instale al reo un dispositivo telemático de detección de proximidad.
El condenado, que consignó el importe íntegro de la responsabilidad civil, indemnizará al agente que lesionó con 680 euros, a la dueña de la vivienda con 350 euros por los daños producidos en el interior de la casa y a la comunidad de propietarios del edificio con más de 90 euros por los daños correspondientes en la puerta del acceso a la finca. La sentencia es firme y no se puede recurrir.